Allanamiento y clausura a una arenera en Ibicuy

Allanamiento y clausura a una arenera en Ibicuy

 

El día 14 de octubre del corriente año, a media mañana se comenzó en dar cumplimiento con el mandato judicial encomendado por el  Juzgado federal de la ciudad de Gualeguaychú, a cargo del Juez Hernán Viri, al respecto esta redacción pudo recabar información de dicho procedimiento judicial.

                   En dicho operativo, participaron las fuerza de Prefectura Naval Argentina, un delegado Judicial, autoridades del CORUFA, medio ambiente y de la dirección de Hidráulica de la provincia, además fueron convocados miembros del Consejo de Administración de la Cooperativa de Agua potable de Ibicuy, más dos testigos públicos, para acompañar y suscribir el cumplimiento del mandamiento judicial.

                    Lo solicitado por el Juez federal, era determinar y certificar, la operatoria llevada adelante por dicho establecimiento arenero,  donde se lleva adelante el lavado de arena (extracción de médanos), mediante la incorporación de agua para extraerle todo el material no utilizable en los diferentes procesos de industrialización, obteniendo de esta forma la materia prima Óptima (arena), de diferentes  granulados,  según su destino. 

                      Continuando con el operativo y después de realizar una inspección ocular de todo el predio, observar los lugares donde se realizaba la extracción de agua subterránea o de reservorio utilizable para el  lavado de la arena, capacidad/cantidad de agua por hora de labor,  obtención de muestras de agua y lugar de volcados de los residuos, materiales o partículas no aprovechables (agua, minerales, arcillas, limos, etc.); a media tarde, se le informa al Juzgado de los datos técnicos obtenidos y relevados; el  Juez  Hernán Viri, procedió en forma inmediata,  a la clausura de todos los lugares de extracción de agua, colocando fajas en las llaves (interruptores en el tablero eléctrico) y en comando  de apertura y cierre de pasaje de agua-llaves de paso-  y por lógica, la inutilización de la planta de lavado de arena; permitiendo a la empresa  seguir operando en lo referido al traslado de la arena lavada (pie de planta) a su destino final.

                      Dicho operativo,  finalizó  a las 19.30 hs. con la firma del Acta correspondiente por todos sus participantes, comunicándole al vicepresidente dela empresa Cristamine S.A. (presente en el  lugar),  los derechos  y obligaciones que lo asisten legalmente, dando por concluido el acto.

                                   



Autor:Administrador de FM Líder

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